El IVA que nos espera 2020-2024; nuevo plan de acción para una fiscalidad más justa y simple en la Unión Europea

Autores: Ana González Martínez y Fernando Matesanz

El pasado 15 de julio de 2020, la Comisión Europea comunicó al Parlamento Europeo y al Consejo de Europa un plan de acción para conseguir una fiscalidad más justa y simple en el seno de la Unión Europea. Los objetivos de dicho plan  son reforzar la lucha contra el fraude fiscal, aliviar las cargas administrativas de los contribuyentes, garantizar una mejor cooperación con los países que no pertenecen a la Unión y ayudar a las administraciones a seguir el ritmo de una economía que está en constante evolución.

Este plan, que consiste en un total de 25 medidas, no se trata de un plan de acción sobre el IVA como el aprobado por la Comisión Europea en el año 2016 en el que se adoptaron medidas como las Directivas sobre la fiscalidad del comercio electrónico o los Quick Fixes. No obstante, el plan tiene una serie de medidas que afectan al IVA tanto de forma directa como de forma indirecta. De hecho, el IVA es mencionado 81 veces a lo largo del documento principal y 21 veces en su Anexo.

Por lo que respecta al IVA, las medidas más significativas comunicadas en el plan son las siguientes:

(I) Registros del IVA

Las compañías que realizan operaciones internacionales se ven obligadas en muchos casos a darse de alta a los efectos de IVA en varios Estados miembros. Estos registros múltiples no siempre son una labor sencilla ya que cada estado tienen sus propios procedimientos y mecanismos de control.

La Comisión Europea pretende  que dichos registros a efectos del IVA sean lo más simples posible sin suponer una carga administrativa excesiva para los contribuyentes. Para ello propondrá un  registro único de IVA para la Unión Europea. Es decir,  un único Número de Identificación Fiscal con el que los contribuyentes podrán prestar servicios y/o vender bienes en cualquier lugar de la Unión.

Se trataría de un avance significativo y una medida de gran ayuda para todas aquellas compañías que hacen operaciones internacionales. El paquete de medidas adoptadas para la tributación en el IVA del comercio electrónico es un punto de partida en este sentido pero, a día de hoy, no es suficiente.

Los antecedentes no son excesivamente esperanzadores en ese sentido puesto que han existido propuestas similares en el pasado que han tenido que ser abandonadas finalmente por falta de consenso entre los Estados miembros como por ejemplo la propuesta para una declaración única del IVA o, más recientemente, el reconocimiento de la condición de Sujeto pasivo Certificado.

Se pretende que la propuesta esté preparada a lo largo del año 2022.

(II) Declaraciones del IVA

La Comisión Europea pretende que la presentación de las declaraciones del IVA sea lo más sencilla y eficiente posible, mejorando los sistemas y procedimientos a través de los cuales los contribuyentes presentan sus declaraciones en sus correspondientes administraciones.

Se pretende que, en la medida de lo posible, las Administraciones preparen borradores de declaraciones que simplemente tengan que ser confirmados por los sujetos pasivos. Para ello, dichos sujetos pasivos deberán enviar a las Administraciones grandes cantidades de información sobre su operativa en tiempo real. Esta medida existe ya para algunos contribuyentes en España.

Además, se pretende extender la actual declaración especial que existe para determinados servicios electrónicos y para ventas intracomunitarias a distancia de bienes (OSS) a todo tipo de servicios intracomunitarios prestados a consumidores finales. También se valorará hacer obligatorio el sistema de ventanilla única que entrará en vigor el 1 de julio de 2021 para las ventas intracomunitarias de bienes importados de terceros estados (IOSS).

Por último, se examinará la posibilidad de utilizar de forma generalizada la facturación electrónica. Medida ya empleada en países como Portugal e Italia.

Se pretende que la propuesta esté preparada a lo largo del año 2022.

(III) Prevención y resolución de litigios en materia del IVA

Los recursos y litigios que existen entre las administraciones tributarias y los sujetos pasivos son en muchos casos lentos y caros para ambas partes. Esto hace que la recaudación del impuesto se vea afectada negativamente. También supone que en aquellos casos en los que el litigio es favorable al sujeto pasivo, éste vea perjudicados sus derechos que a menudo son reconocidos tras años de procedimientos.

La Comisión pretende establecer mecanismos para prevenir este tipo de procedimientos y en aquellos casos en los que no se pueden prevenir, se pretenden poner en marcha mecanismos que ayuden a dar una solución rápida y efectiva.

En este sentido, conviene recordar el trabajo realizado por el EU VAT Forum cuyas conclusiones fueron hechas públicas en el mes de enero de 2020 en las que se señalaban que existen medias para dar solución a este tipo de situaciones y que sin embargo, no son utilizadas en muchos casos por desconocimiento. Dichas medidas podrían ser, por ejemplo, el uso de las consultas tributarias internacionales. Se trata de un procedimiento similar a la presentación de una consulta tributaria con el que contamos en España pero cuando los involucrados son varios Estados miembros. A día de hoy, las respuestas que se dan a estas consultas internacionales no son vinculantes e incluso no existe la obligación de llegar a una conclusión conjunta por lo que su utilidad es claramente mejorable.

Se pretende que la propuesta esté preparada a lo largo del año 2022.

(IV) Reforma en la Ley del IVA respecto de los servicios financieros

El debate sobre la exención del IVA en los servicios financieras ha sido un asunto recurrente a lo largo de los años. Lo cierto es que la exención para este tipo de servicios ha quedado obsoleta ya que se estableció en 1977 y no ha sido objeto de una revisión posterior.

El mundo de los servicios financieros cambia de forma constante muy especialmente debido al auge de la economía digital. Esta tipo de economía adaptada a la prestación de servicios financieros (Fintech) hace que no solo los bancos sino todo tipo de operadores económicos puedan realizar operaciones con implicaciones financieras.

La Comisión presentará una propuesta legislativa para modernizar la tributación en el IVA de las operaciones financieras y en su caso revisar el ámbito de aplicación de la exención, teniendo en cuenta, tal y como hemos mencionado,  el auge de la economía digital y sus implicaciones en el universo financiero.

Se pretende que la propuesta esté preparada en el cuarto trimestre del año 2021.

(V) Comité del IVA

Los que nos dedicamos al asesoramiento fiscal en el ámbito del IVA leemos con atención las conclusiones que cada cierto tiempo emite el denominado Comité del IVA. Se trata de un foro creado por representantes de las administraciones tributarias de los diferentes Estado miembros y de la Comisión Europea. Sin embargo, las conclusiones del Comité no son vinculantes. Es actualmente un órgano consultivo sin ningún poder legislativo que no puede tomar decisiones legales vinculantes, sino que orienta y aconseja en la correcta aplicación de la Directiva del IVA.

La Comisión propondrá transformar el Comité de IVA en un grupo que pueda decidir sobre la aplicación de medidas relativas al IVA. Es decir, se pretende otorgarle ciertos poderes de ejecución aun por determinar con el fin de que tenga autoridad a la hora de aprobar y poner en marcha la normativa del IVA en el ámbito comunitario de una forma uniforme y armonizada.

Se pretende que la propuesta esté preparada en el cuarto trimestre del año 2020.

(VI) Revisión del Régimen Especial de Agencias de Viaje

El Régimen especial de agencias de viaje no se aplica de forma armonizada en todos los Estados miembros de la Unión Europea. Ello conduce a cierto grado de distorsión de la competencia entre los operadores que se dedican a realizar este tipo de actividades.

La falta de armonización se debe a lo más diversos motivos. Por ejemplo, en algunos Estados miembros, como es el caso de España, es posible renunciar a la aplicación del régimen, mientras que en la mayoría de estados esta opción no es posible. Además, existen grandes discrepancias en relación con que debe entenderse por “viajero” e incluso por “viaje”.

Para acabar con este tipo de distorsiones, la Comisión propondrá una modificación en la Directiva del IVA que proporcione una mayor claridad, seguridad jurídica y uniformidad en la aplicación del régimen especial.

Actualmente existe un trámite de consulta pública sobre este asunto y se están contemplando ideas que van desde la eliminación del régimen, pasando por hacerlo optativo, hasta que sea únicamente de aplicación en operaciones B2C.

Se pretende que la propuesta esté preparada en el cuarto trimestre del año 2022.

(VII) Fiscalidad más ecológica en el transporte de pasajeros

La exención que actualmente existe para el transporte internacional de pasajeros aéreo y marítimo no parece estar en línea con el objetivo que persigue la Unión Europea a través de su Pacto Verde Europeo (Green Deal) que es el de reducir las emisión de dióxido de carbono a la atmósfera y fomentar medios de transporte sostenibles y poco contaminantes.

Por ello, la Comisión presentará una propuesta legislativa para revisar las exenciones en el transporte internacional de pasajeros por aire y por mar. Con ello se pretende asegurar que la tributación de estos servicios se adapte a los objetivos marcados por la Unión Europea en materia de sostenibilidad.

Se pretende que la propuesta esté preparada en el cuarto trimestre del año 2022.

Estas son algunas de las medidas, relativas al IVA, que se proponen en el nuevo plan de acción comunicado recientemente por la Comisión Europea. Algunas de estas medidas son ambiciosas y difíciles de poner en práctica al requerirse un acuerdo unánime por parte de los Estados miembros. En los próximos meses veremos si las fechas propuestas son realistas o si, por el contrario, algunas de las propuestas se retrasan o incluso se abandonan. No sería la primera vez que esto ocurre.